Regulación de las notificaciones y comunicaciones administrativas por medios electrónicos para personas jurídicas en el ámbito del ICHL

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En aplicación de lo dispuesto en la normativa vigente (Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y Resolución de la Vicepresidencia del Instituto de Cooperación con la Hacienda Local, de fecha 26 de febrero de 2021), este Organismo tiene previsto avanzar en la implantación de la administración electrónica para sus relaciones con las personas jurídicas durante los próximos meses.

En consecuencia, se informa de lo siguiente:

  1. A partir del próximo 22 de marzo dejaran de remitirse los documentos de pago (abonarés) en soporte papel, referidos a deudas puestas al cobro, derivadas de liquidaciones periódicas que no requieran legalmente notificación individual personalizada.
  2. A partir del próximo 15 de abril todas las notificaciones se practicarán de forma electrónica, mediante el procedimiento de comparecencia en la sede electrónica de este Organismo: https://sede.haciendalocal.es, accediendo a la opción "Mis Notificaciones". Adicionalmente, las notificaciones también estarán accesibles de forma electrónica desde el Punto de Acceso General electrónico de la Administración (Carpeta ciudadana).

       La notificación por medios electrónicos, se realizará con aplicación de las siguientes normas:

  • Se generará un aviso al dispositivo electrónico (teléfono móvil) y/o a la dirección de correo electrónico que previamente se hubiera comunicado.

  • Se entenderá por comparecencia en la Sede electrónica, el acceso previa identificación al contenido de la notificación.

  • La notificación se entenderá practicada en el momento del acceso.

  • De la recepción de la notificación, se dejará constancia mediante la expedición automatizada del correspondiente acuse electrónico.

  • La notificación se entenderá efectuada por rechazo de la misma, una vez transcurridos diez días naturales desde la puesta a disposición sin acceder a su contenido.

Con la finalidad de facilitarle avisos sobre la puesta al cobro de las deudas (incluyendo el enlace para su consulta, impresión de abonarés o pago), así como de la disponibilidad de notificaciones para su recepción en formato electrónico, puede facilitarnos, siempre que no lo hubiera hecho ya, un nº de teléfono móvil y/o una cuenta de correo electrónico. Para darse de alta en el sistema de avisos, acceda a nuestra sede electrónica, dentro del apartado "Trámites" en la opción: "Medios de contacto para avisos electrónicos"